Ley 21.719 para Colegios y Establecimientos Educacionales
Los colegios tratan datos de menores de edad, lo que activa las protecciones más estrictas de la Ley 21.719. Fichas de alumnos, informes psicológicos, datos de apoderados y registros disciplinarios requieren un cuidado especial y consentimiento parental explícito.
¿Qué datos personales trata tu colegios y establecimientos educacionales?
Todos estos datos están regulados por la Ley 21.719 y requieren bases legales claras para su tratamiento.
Tu principal riesgo
Publicación no autorizada de imágenes o información de menores de edad. La Ley 21.719 exige consentimiento expreso del apoderado para cualquier tratamiento de datos de menores. Publicar fotos de alumnos en redes sociales sin ese consentimiento puede generar infracciones graves.
Ejemplo de multa para tu sector
Un colegio que publica fotos de alumnos en Instagram sin consentimiento de los apoderados puede ser sancionado con hasta 2.000 UTM (~$148M CLP) por tratar datos de menores de edad sin base legal válida.
Preguntas frecuentes sobre privacidad para colegios y establecimientos educacionales
¿Necesito consentimiento de los apoderados para publicar fotos de actos escolares?
Sí. Las imágenes de menores son datos personales bajo la Ley 21.719 y su tratamiento (incluyendo publicación en redes sociales, página web o grupos de WhatsApp) requiere consentimiento explícito del apoderado o tutor legal. Se recomienda incluir este consentimiento en la matrícula anual.
¿Puedo usar plataformas educativas internacionales (Google Classroom, Microsoft Teams) con datos de alumnos?
Sí, pero deben cumplir ciertas condiciones. La Ley 21.719 permite la transferencia internacional de datos si el país receptor ofrece un nivel de protección adecuado o si se cuentan con garantías contractuales (cláusulas estándar). Además, debes informar esta transferencia en tu política de privacidad.
¿Cuánto tiempo debo conservar las fichas de los alumnos?
El Mineduc establece plazos mínimos de conservación de registros académicos. Como regla general, las fichas de alumnos deben conservarse al menos 5 años después del egreso. Los informes psicológicos y registros disciplinarios deben eliminarse de forma segura cuando ya no sean necesarios.
¿Qué hago si un apoderado solicita acceder o eliminar la ficha psicológica de su hijo?
Debes tramitar la solicitud como un derecho ARCOP dentro de 30 días corridos. El apoderado tiene derecho a acceder a los datos de su hijo menor de edad. Para la eliminación, puedes negar la supresión si existe una obligación legal de conservar los datos, explicando el fundamento.
Colegios y Establecimientos Educacionales
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